El concurso de acreedores es un procedimiento judicial que puede ser solicitado cuando una empresa o una persona física está o prevé encontrarse ante una situación de insolvencia.
La finalidad de este proceso es tratar de mantener la actividad económica, pero si esto no es posible, los administradores concursales designados por el juzgado, se encargarán de disolver de forma ordenada la empresa para así maximizar el resultado de la liquidación de su patrimonio atendiendo así al mayor número de acreedores y deuda posible. Sic Concursal contribuye a este proceso facilitando el trabajo del administrador concursal adquiriendo los activos de forma global, de modo que los plazos pueden acortarse.
Los trabajadores de empresas en concurso de acreedores se enfrentan a una difícil situación de incertidumbre, aunque respecto al resto de acreedores, los empleados tienen una situación privilegiada, ya que la ley les otorga preferencia.
La declaración de concurso no paraliza el funcionamiento de la empresa, por lo que hasta que no se indique lo contrario, los trabajadores deben acudir a su puesto de trabajo, excepto si de manera excepcional el administrador concursal autoriza mediante permisos retribuidos que los empleados no acudan a trabajar.
En el caso de que la compañía se encuentre en concurso de acreedores, si no se tramita el despido, ya sea con el resto de la plantilla o de manera individual, los contratos siguen en vigor pero la permanencia está condicionada por la liquidez de la sociedad.
En esta situación, es el administrador concursal quien se ocupa de abonar los salarios correspondientes. Cuando la compañía no dispone de dinero ni de actividad, que se inicie un expediente de regulación de empleo en el marco de un procedimiento concursal es más ágil y efectivo que comenzar un proceso ante la autoridad laboral.
Según la Ley Concursal los trabajadores pueden solicitar al Juez del concurso la modificación sustancial de las condiciones de trabajo y la extinción o suspensión de los contratos de trabajo. Es decir, si la empresa carece de liquidez, los trabajadores, a la vista de la situación económica de la empresa, podrán solicitar un ERE temporal de suspensión de contrato, o un ERE de extinción, o lo que es lo mismo, un despido colectivo.
Las medidas introducidas por la Ley 9/2015, de 25 de mayo 2015 pretenden facilitar en todo lo posible la continuidad de la actividad empresarial, entre otras cosas, pero también persigue mejorar la protección de los trabajadores afectados introduciendo modificaciones que pretenden aumentar el peso de la valoración que se ha de hacer en el concurso sobre su impacto para los empleados.